SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1970/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1970/2004-R

Fecha: 17-Dic-2004

procedente

Concluida la audiencia, el Tribunal del recurso lo declaró procedente, disponiendo que el recurrido mediante resolución deberá ajustar sus actos a procedimiento; con los fundamentos siguientes: a) las medidas sustitutivas sólo se pueden revocar cuando los imputados están libres, dado que la revocatoria se sustenta en el incumplimiento posterior de las medidas sustitutivas; y b) no se convocó a audiencia para proceder a la revocatoria de las medidas sustitutivas, por lo que la Resolución de revocatoria no se ajusta a procedimiento.