Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0018/2004
Fecha: 02-Mar-2004
1.2 Admisión y citaciones
Por AC 550/2003-CA, de 13 de noviembre de 2003, corriente de fs. 16 a 18, la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional admitió el recurso y el 27 de noviembre de 2003 se notificó con la provisión citatoria correspondiente al Presidente del Congreso Nacional, como personero del órgano que generó la norma impugnada, conforme consta en la diligencia de fs. 34.
- recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad
- I.1 Contenido del recurso
- 1.2 Admisión y citaciones
- a)
- d)
- 1.4. Trámite procesal en el Tribunal
- “
- III.1
- III.2
- III.3
- III.3.1.
- III.3.2.
- Principio de separación de poderes y actividad jurisdiccional.
- Garantía al debido proceso, en su competencia referido al derecho a la presunción de inocencia.
- garantía procesal que es aplicable a toda forma de sanción, sea penal o dentro del llamado Derecho Penal Administrativo
- derecho a la presunción de inocencia
- III.3.2.1
- III.3.2.2
- B). 3,
- 12/2004
- probada en parte la demanda
- Fragmento 22