Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0018/2004
Fecha: 02-Mar-2004
Fragmento 22
Sin embargo, si las resoluciones judiciales ejecutoriadas declaran probada en parte la demanda contencioso-tributaria, y modificando parcialmente la Resolución Determinativa, no señalan a cuánto asciende el adeudo tributario, sino que al contrario, ordenan un nuevo cálculo del mismo en ejecución de sentencia en base a lo que tienen dispuesto, resulta imprescindible determinar con precisión y en base a la normativa vigente, cuál es la autoridad competente para ordenar y supervigilar la legalidad del nuevo cálculo, así como para realizar la cobranza coactiva”.
- recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad
- I.1 Contenido del recurso
- 1.2 Admisión y citaciones
- a)
- d)
- 1.4. Trámite procesal en el Tribunal
- “
- III.1
- III.2
- III.3
- III.3.1.
- III.3.2.
- Principio de separación de poderes y actividad jurisdiccional.
- Garantía al debido proceso, en su competencia referido al derecho a la presunción de inocencia.
- garantía procesal que es aplicable a toda forma de sanción, sea penal o dentro del llamado Derecho Penal Administrativo
- derecho a la presunción de inocencia
- III.3.2.1
- III.3.2.2
- B). 3,
- 12/2004
- probada en parte la demanda
- Fragmento 22