Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0605/2004- R
Fecha: 22-Abr-2004
Gladdys Norma Sandoval Escalier de Vargas
Como consecuencia de la conclusión extraordinaria de los contratos de trabajo a plazo fijo, el SENAPE, suscribió contratos de prestación de servicios con los recurrentes, con excepción de Juan Carlos Gorena Belling y Gladdys Norma Sandoval Escalier de Vargas, con una vigencia de tres meses, en el primer contrato, y de entre dos a tres meses, en el segundo contrato, conforme se detalla a continuación:
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- improcedente
- II.1
- II.2
- tres meses,
- II.3
- II.4
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- aguinaldos
- III.2.1.
- Gladdys Norma Sandoval Escalier de Vargas
- III.2.2.
- Fragmento 18
- III.2.3.
- SC 369/2003-R, de 26 de marzo
- III.3.
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