SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0605/2004- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0605/2004- R

Fecha: 22-Abr-2004

II.1

II.1            El 31 de diciembre de 2002, René Edgardo Rico, Maria Teresa Zeballos Abrego, José Hugo Paniagua Arancibia, Jaime López Salazar, Gladys Norma Sandoval Escalier de Vargas y Juan Luís Rojas Vargas, fueron contratados por toda la gestión 2003, como funcionarios de los Entes Gestores I, II, y IV dependientes del Ministerio de Comercio Exterior e Inversión; en la misma fecha y por el mismo periodo, se contrató a Juan Carlos Gorena Belling, como liquidador del Ente Gestor I. En estos contratos se hizo constar que se sujetaban en su ejecución, cumplimiento e interpretación a la Legislación Civil de la República (fs. 30 a 40, 64 a 66, 77 a 79, 105 a 107, 126 a 128, 196 a 199 205 a 207 y 216 a 220). A los nombrados recurrentes, mediante cartas de 16 de abril y 31 de julio, se les hizo conocer que su contrato había concluido en consideración a la supresión de la Unidad de Reordenamiento del cuál dependían, pasando las atribuciones de esa repartición al SENAPE (fs. 53 a 54, 108 a 109, 124, 304, 312, 320, 338 y 411).