Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0633/2004-R
Fecha: 27-Abr-2004
II.5
II.5 El 5 de enero de 2004 ante el aludido fiscal, la señora Jovita Mirtha Vaigt Vda. de Arteaga, solicitó se declare la extinción de la acción penal por haber fallecido el 10 de octubre de 2003 su esposo Gabriel Arteaga Cabrera, solicitud que fue de conocimiento del Juez Cautelar Séptimo en lo Penal, quien mediante Auto 24/2004 de 31 de enero, declaró extinguida la acción penal respecto del aludido imputado (fs.126 y 131). Por su parte el imputado, Mario Medina Salas, mediante memorial presentado el 16 de enero de 2004, solicitó al Fiscal recurrido, se emita en su favor sobreseimiento (fs. 128 a 129).
- recurso de amparo constitucional
- SC 1036/2002-R, de 29 de agosto y AC 52/2002-ECA, de 9 de septiembre
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5
- SC 1036/2002-R, de 29 de agosto y el AC 52/2002-ECA, de 9 de septiembre
- III.1.
- III.2.
- correspondió a la representada del recurrente acudir ante el Juez cautelar encargado de controlar la investigación (54-1 y 279 CPP) a efecto de que esa autoridad judicial otorgue al Fiscal un plazo razonable para que complemente la investigación preliminar o alternativamente presente la imputación formal”.
- Sentencia Constitucional 1036/2002-R
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- SC 1036/2002-R, de 29 de agosto: “
- III.6.
- APRUEBA