SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0633/2004-R
Fecha: 27-Abr-2004
SC 1036/2002-R, de 29 de agosto y el AC 52/2002-ECA, de 9 de septiembre
La recurrente solicitó tutela del derecho de su representado al debido proceso, consagrado en la norma prevista por el art. 16.IV de la CPE, denunciando que fue vulnerado por el recurrido, puesto que luego de haber asumido conocimiento del caso, sin haber determinado la prórroga del periodo de la investigación preliminar, después de más de diez meses formuló en su contra imputación formal por la comisión de dos delitos, quebrantando de esta manera, tanto la norma prevista por el art. 300 del CPP, como la jurisprudencia constitucional contenida en la SC 1036/2002-R, de 29 de agosto y el AC 52/2002-ECA, de 9 de septiembre, que establecen que la investigación preliminar no debe durar más de cinco días y la etapa preparatoria no más de seis meses. En consecuencia, en revisión de la Resolución del Tribunal de amparo corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos del derecho fundamental referidos, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional
- SC 1036/2002-R, de 29 de agosto y AC 52/2002-ECA, de 9 de septiembre
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5
- SC 1036/2002-R, de 29 de agosto y el AC 52/2002-ECA, de 9 de septiembre
- III.1.
- III.2.
- correspondió a la representada del recurrente acudir ante el Juez cautelar encargado de controlar la investigación (54-1 y 279 CPP) a efecto de que esa autoridad judicial otorgue al Fiscal un plazo razonable para que complemente la investigación preliminar o alternativamente presente la imputación formal”.
- Sentencia Constitucional 1036/2002-R
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- SC 1036/2002-R, de 29 de agosto: “
- III.6.
- APRUEBA