SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0890/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0890/2004-R

Fecha: 11-Jun-2004

a)

El abogado de la recurrente ratifica los términos del recurso planteado y añade: a)  por las evidencias enunciadas en los informes  presentados por los auditores financieros  Gil y Añez, el primero en sus conclusiones determinó que existen errores procedimentales de carácter administrativo y financiero y el segundo recomienda cumplir con todas las recomendaciones contenidas en el informe con los manuales de funciones, procedimientos y reglamentos internos, por lo que basados en estos dos informes, el Presidente de la Comisión de Etica elevó el suyo al Concejo Municipal que recomienda una llamada de atención a la Alcaldesa por no existir ningún tipo de responsabilidad en su contra  y por su parte el Secretario de la Comisión, ahora recurrido, elevó otro informe que recomienda suspender de sus funciones a dicha autoridad municipal; b) el Concejo Municipal procedió a dar  por válido únicamente el informe del Secretario de la Comisión de Etica y suspende a la ejecutiva Municipal mediante la Resolución que impugna. Aclara que la primera parte de esos informes corresponden a la gestión en la que el recurrido Secretario de la Comisión de Ética se desempeñaba como Alcalde y en la que se presentaron actos confusos que la recurrente trataba de solucionar. Es así que por ese motivo se solicitó  su excusa pues siendo que los actos observados en los informes fueron cometidos en su gestión no podía actuar en el caso de la recurrente como Secretario de la Comisión de Ética,  y al no haberse excusado se solicitó su recusación que fue  rechazada por el Concejo Municipal, más por el contrario el co-demandado Marvin Ferrante presentó querella contra la Alcaldesa por desacato y posteriormente es suspendida de sus funciones contra todo principio de justicia y legalidad, pues no fue oída ni juzgada, violando sus derechos constitucionales como actuando en contravención de la Ley de Municipalidades.