Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0890/2004-R
Fecha: 11-Jun-2004
II.5
II.5 El 20 de enero de 2004, el Secretario de la Comisión de Etica Marvin Ferrante, interpuso querella contra la demandante por el delito de desacato, la que admitida por el Juez Mixto de Partido y Sentencia de la Provincia Velasco, señaló audiencia de conciliación para el 2 de febrero del mismo año, audiencia (fs. 50-51), siendo objetada por la querellada al haber sido admitida como delito de acción privada (fs. 53), mereciendo el Auto de la misma fecha disponiendo que el querellante promueva la acción ante el Fiscal de San José de Chiquitos (fs. 58).
- recurso
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- representante del Ministerio Público
- procedente
- I.3 Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- II.6
- II.7
- II.8
- II.9
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- III.4
- APROBAR