Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0929/2004-R
Fecha: 15-Jun-2004
recurso de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 6 de abril de 2004 cursante de fs. 41 a 42 vta., pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Norma Barrón de Lora contra Federico Pinaya Céspedes y Tito Ayaviri Manzano, Secretario Ejecutivo General y Secretario Ejecutivo del Nivel Medio y Profesional de la Federación Departamental de Trabajadores de Educación Urbana de Cochabamba (FDTEUC), alegando la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la seguridad jurídica, a la presunción de inocencia, al juez imparcial, a la dignidad y a la sindicalización como medio de defensa.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las Personas recurridas
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- Fragmento 11
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- c) conocer y considerar gestiones realizadas por los dirigentes y/o comisiones.
- dado que el recurso de amparo constitucional no es un instrumento alternativo o sustitutivo de las acciones ordinarias que la Constitución y las Leyes asignan a las distintas jurisdicciones para la protección de los derechos considerados vulnerados
- REVOCA