Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0935/2004-R
Fecha: 15-Jun-2004
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
La abogada de la recurrente ratificó los argumentos de la demanda y amplió la misma indicando que el reglamento de elecciones no contempla como causal de nulidad la emisión de doble voto, que la presente situación amerita que se apliquen los arts. 149 y 150 del Código electoral (CE), y que debería anularse solamente el segundo voto emitido por la recurrente y nos los 66 votos emitidos por los otros socios de COTAP Ltda., por lo que, considerando que las resoluciones del Comité Electoral son irrevisables y no permiten la apelación, recurre al amparo constitucional a efectos de hacer valer sus derechos.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de los recurridos
- procedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- el recurrente pudo haber planteado ante la propia Corte Nacional Electoral el recurso de revisión de la Resolución que hoy impugna, no consta de antecedentes que lo hubiese hecho y al no hacerlo ha neutralizado la intervención de la jurisdicción constitucional en la problemática planteada
- III.2.
- REVOCA