SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0935/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0935/2004-R

Fecha: 15-Jun-2004

II.3.

II.3.    La recurrente el 26 de marzo 2004 emitió su voto en la mesa de sufragio 4 de las elecciones de COTAP Ltda., con la acción telefónica 62-23662 intentando evitar el sope del dedo en la tinta indeleble (fs. 37). Asimismo, la recurrente emitió su voto en la mesa 10 representando a su esposo Crispín Espinoza Canaviri, voto que fue observado por uno de los delegados, porque la recurrente había sufragado en otra mesa, a la conclusión de las elecciones en el escrutinio correspondiente de esta mesa, se restó un voto de los obtenidos por la recurrente entregándose toda la documentación al Comité Electoral (fs. 38).