SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0065/2004
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0065/2004

Fecha: 12-Jul-2004

al establecer el 30 de junio de 2003

En ese contexto, se concluye que el art. 9.VI del DS 27369 de 17 de febrero del 2004 al establecer el 30 de junio de 2003, como fecha límite para acceder a este beneficio, no es contrario al espíritu de la excepción al principio de la irretroactividad de la Ley, prevista por el art. 33 de la CPE, en razón de que de dicha disposición legal se da una aplicación retroactiva a favor del administrado o procesado en materia administrativa sancionatoria, como es el caso del ámbito tributario, hasta el 30 de junio de 2003, a cuyo efecto se entiende que el sujeto pasivo que demande ese trato, debe demostrar que durante el período del beneficio cumplía la condición prevista y no después