SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0068/2004
Fecha: 13-Jul-2004
rechazó
Mediante Auto de 24 de abril de 2004 (fs. 370 y 371), el Juez Cuarto del Trabajo y Seguridad Social de Santa Cruz, rechazó el incidente de inconstitucionalidad, bajo el fundamento que las disposiciones sociales son de orden público e irrenunciables, como lo expresan los arts. 161 y 162 CPE, por ende, el DS 21137 de 30 de noviembre de 1985, en su art. 12, “es un beneficio otorgado a favor del trabajador toda vez que el hecho de realizar un trabajo fuera de su residencia implica gastos no considerados, por lo que el Decreto Supremo antes indicado tiene toda la legalidad otorgada por la Constitución Política del Estado, además que toda ley es constitucional mientras no se declare su inconstitucionalidad por el Tribunal Constitucional”.
- recurso indirecto o incidental de inconstitucional
- b)
- c)
- d)
- e)
- I.1.2. Trámite procesal del incidente y Resolución del Juez
- rechazó
- revocó
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Esta disposición regirá también para las empresas privadas”
- con excepción
- III.3.
- generales
- ha desarrollado
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- III.7.