Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1034/2004-R
Fecha: 05-Jul-2004
II.2.
II.2. Por decreto de 9 de marzo de 2004, el Fiscal de Materia recurrido suspendió la declaración del imputado, Cnel. Luciano Velasco Zeballos dentro del caso PROSEGUR II. con el fundamento de que, Marcelo Ugarte Calvo -recurrente- participó como Abogado de PROSEGUR en el primer proceso, situación ésta por la que considera que su intervención como abogado de la defensa, es incompatible (fs. 27).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- derecho al trabajo
- debido proceso
- derecho a la defensa
- El abogado que hubiere asumido una defensa no podrá luego patrocinar a la parte contraria en la misma causa
- El abogado no puede patrocinar o asesorar intereses opuestos dentro de la misma causa
- III.4.
- III.5. En cuanto a la presunta vulneración a los derechos al debido proceso y a la defensa
- APRUEBA