Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1034/2004-R
Fecha: 05-Jul-2004
II.5.
II.5. El 18 de marzo de 2004, el Juez recurrido dispuso la separación de Marcelo Ugarte Calvo -recurrente- como Abogado de Luciano Velasco Zeballos, por existir incompatibilidad en el patrocinio de la causa en aplicación del art. 25 de la LA, ordenando que el imputado contrate los servicios de otro profesional bajo alternativa de nombrársele Defensor de Oficio (fs. 6 vta.).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- derecho al trabajo
- debido proceso
- derecho a la defensa
- El abogado que hubiere asumido una defensa no podrá luego patrocinar a la parte contraria en la misma causa
- El abogado no puede patrocinar o asesorar intereses opuestos dentro de la misma causa
- III.4.
- III.5. En cuanto a la presunta vulneración a los derechos al debido proceso y a la defensa
- APRUEBA