Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1138/2004-R
Fecha: 21-Jul-2004
II.3.
II.3. Mediante decreto de 2 de septiembre de 2003 (fs. 111 vta.), la Jueza designó defensor de oficio al abogado Franklin Gutiérrez, el mismo que se apersonó, aceptando el nombramiento, por memorial de 4 de septiembre (fs. 115), en el que indicó que los demandados “no cuentan con un domicilio específico” donde les haga conocer del proceso, y “al no contar con prueba de descargo, se efectuará sólo el seguimiento del proceso”.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- i)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- III.1.
- III.2.
- está prohibiendo la imposición de toda sanción sin defensa.
- III.3.
- III.4.
- SC 1049/2003-R,
- III.5.
- III.6.
- III.7.
- III.8.
- , APRUEBA