Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1138/2004-R
Fecha: 21-Jul-2004
II.7.
II.7. Mediante memorial presentado ante el Notario de Fe Pública, Marco Antonio Ulloa Aguirre, a horas 19:00 del 3 de diciembre de 2003 (fs.146 y 147), la hoy recurrente formuló apelación de la Sentencia, la misma que, concedida el 17 de diciembre de 2002 (fs. 152), mereció el Auto de Vista de 10 de febrero de 2004 (fs. 232), por el que la Jueza Segunda de Partido en lo Civil co-recurrida, declaró ejecutoriada la Sentencia, al haberse planteado la alzada fuera del término legal.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- i)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- III.1.
- III.2.
- está prohibiendo la imposición de toda sanción sin defensa.
- III.3.
- III.4.
- SC 1049/2003-R,
- III.5.
- III.6.
- III.7.
- III.8.
- , APRUEBA