SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1138/2004-R
Fecha: 21-Jul-2004
procedente
La Resolución 2/2004, cursante de fojas 281 a 283 vta., pronunciada el 11 de mayo de 2004, por la Sala Penal de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija, declara procedente el recurso y dispone la nulidad del proceso hasta el Auto de admisión de la demanda, bajo estos fundamentos: 1) el abogado Franklin Gutiérrez, designado como defensor de oficio, no tenía la competencia para ser defensor de ausentes, pues no figuraba en esa condición en la designación anual efectuada por la Corte Superior; 2) la SC 130/2000-R ha dado plena validez a la Circular 07/1998 de la Corte Suprema de Justicia; 3) el defensor de oficio no participó en el proceso, ni asumió defensa alguna, dejando en indefensión a la parte demandada, sin que la Jueza haya aplicado lo determinado en el art. 3 inc. 3) del CPC; 4) “existe una sola publicación con la sentencia, lo que hace entrever que la sentencia no estaría ejecutoriada” (sic); 5) el art. 15 de la LOJ manda a los jueces y tribunales de segunda instancia de revisar los procesos de oficio; 6) no obstante el carácter de subsidiariedad, no puede dejar de otorgarse protección en el caso, ante los posibles actos de disposición que pudiera realizar la usucapiente.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- i)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- III.1.
- III.2.
- está prohibiendo la imposición de toda sanción sin defensa.
- III.3.
- III.4.
- SC 1049/2003-R,
- III.5.
- III.6.
- III.7.
- III.8.
- , APRUEBA