SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1316/2004-R
Fecha: 16-Ago-2004
I.1.1 Hechos que motivan el recurso
El recurrente en el escrito de 13 de mayo de 2004 (fs. 34 a 37), manifiesta que fue admitido como caballero cadete en la ANAPOL el 2002, demostrando un comportamiento ejemplar. Empero, debido al racismo existente en la institución, por su condición humilde fue estigmatizado indicándosele que por ser indio no podía estar en la institución del orden y que debía ser dado de baja tarde o temprano, por ello, cuando se encontraba en segundo curso “era molestado por todo y por nada”, pero como nunca dio motivo para que se le llame la atención se valieron de sus notas, siendo así que el 27 de noviembre de 2003 fue informado que debía rendir exámenes de segundo turno (desquite) en las materias de sociología e introducción al derecho, pese a estar seguro de que obtuvo el puntaje necesario, habiéndosele negado su derecho de verificar sus notas y sin el tiempo necesario para prepararse, rindiendo la prueba el 29 del mismo mes, debiendo resolver 20 preguntas en 20 minutos, indicándosele en horas de la tarde que ya no tenía opción de dar el examen de introducción al derecho, por haber reprobado en segundo turno la materia de sociología y que debía abandonar la Academia, dándosele de baja sin ninguna explicación.
Añade que a través de varios memoriales solicitó la revisión de sus exámenes y trabajos sin que se le haya dado respuesta, no obstante inclusive existir orden judicial, mientras que su solicitud de reincorporación a ANAPOL fue declarada improcedente por carta de 26 de enero de 2004, y que habiendo recurrido ante el Director de Instrucción y Enseñanza como ante el Comandante General de la Policía tampoco obtuvo respuesta.
- recurso
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1 Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- procedente
- I.3 Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- II.6
- II.7
- II.8
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- A. Los reprobados en una y dos materias tendrán derecho al 'Examen de Segundo Turno'
- Los caballeros cadetes que reprobarán en una o dos materias en un semestre, tendrán una segunda opción repitiendo en la próxima gestión en el semestre en las materias aprobadas' -aunque se presume la existencia de un error material pues lo lógico es pensar que debió decirse materias 'reprobadas'- y, quienes reprobaren en la segunda opción en una materia, o en tres o más materias en un semestre, serán retirados definitivamente del instituto
- Consiguientemente, el caballero cadete reprobado en una o dos materias en un semestre tendrá la opción, si es que reprueba el examen de segundo turno (desquite), de repetir la materia en la próxima gestión, tal cual determina el numeral 4.5 del S.E.P.,
- III.2
- III.3
- III.4
- APROBAR