SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0105/2004
Fecha: 22-Sep-2004
admitió
Mediante AC 168/2004-CA, de 23 de marzo (fs.108 a 110), la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional admitió el recurso y dispuso la citación de los recurridos. José Aguilar Mamani y Román Cossío Valdez fueron citados el 2 y 6 de abril, respectivamente como consta de la diligencia de fs. 134. Sin embargo, el Funcionario Encargado de Notificaciones en La Paz, por nota de 6 de abril de 2004 (fs. 135), informó al Secretario General del Tribunal Constitucional la imposibilidad de citar a los co - recurridos Julia Gabriel de León y Sixto Benavides Mayta, ex - concejales de Ichoca, “por no tener domicilio legal alguno en dicha comunidad”. La Comisión de admisión decretó en 14 de abril (fs. 136), se ponga a conocimiento de la parte recurrente dicho informe, la misma que no se manifestó sobre ese aspecto.
- recurso directo de nulidad
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- g)
- h)
- I.1.2. Personas recurridas y petitorio
- I.2. Admisión y citaciones
- admitió
- anuló el anterior sorteo
- I.4. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.5.
- II.6
- II.7.
- Resolución Municipal 02/2003
- II.8.
- Fragmento 21
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- las sesiones del Concejo Municipal no podrán efectuarse si no existe el quórum reglamentario
- renuncia;
- Los suplentes asumirán la titularidad cuando los concejales titulares dejen sus funciones en forma temporal o definitiva,
- III.3.
- III.4.
- José Aguilar Mamani
- en ejercicio
- FUNDADO