SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1471/2004-R
Fecha: 13-Sep-2004
II.12.
II.12. El 13 de noviembre de 2003, mediante memorial la querellante presentó desistimiento de la acción penal por estelionato y de cualquier otra civil iniciada contra el recurrente, manifestando habérsele cancelado el monto total de la transferencia que motivó el proceso; por lo que el 15 de noviembre el recurrente, mediante memorial, solicitó mandamiento de libertad que mandado en vista fiscal, mereció requerimiento de 18 de noviembre en sentido de la prescindencia de la persecución penal previo cumplimiento de lo previsto en las normas del art. 21 inc. 1º) del nuevo Código de Procedimiento Penal (CPP); y ante la falta de pronunciamiento del juzgador el 26 de noviembre reiteró su solicitud (fs. 131 a 133 y 137).
- recurso de hábeas corpus
- a)
- procedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- la asignación de un defensor oficial en el sentido de que no se agota en la formalidad legal que tal acto implica, sino en la realización material del mismo
- uno de los pilares básicos del debido proceso es la defensa; el que como se ha dejado sentado, no ha existido, lo cual determina que se esté frente a una condena sin haber sido oído y juzgado en proceso legal
- III.3.
- Fragmento 18
- III.4.
- III.5.
- 1º
- 2º