SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1509/2004-R
Fecha: 21-Sep-2004
II.1.
II.1. El 28 de septiembre de 2000, Apolinar Paniagua Venegas, en medida preparatoria solicita la constitución en mora de Guillermo Balboa y Maria Betty Quiroga de Balboa, acompañando testimonio del registro de transferencia en Derechos Reales de una propiedad en su favor (fs. 10); el 11 de septiembre de 2000, el Juez cita y emplaza para que en el plazo de veinte días se entregue el inmueble al demandante (fs. 11). El 1 de diciembre de 2000, Apolinar Paniagua Venegas formaliza demanda ejecutiva (fs. 12 y vta.), por lo que el 4 de diciembre de 2004, el Juez Séptimo de Partido en lo Civil y Comercial intima a Guillermo Balboa Alcón y Betty Quiroga de Balboa para que desocupen y entreguen el inmueble transferido a su propietario (fs. 12 y 13). El 7 de mayo de 2001, el Juez de la causa pronuncia Sentencia declarando probada la demanda e improbadas las excepciones opuestas (fs. 21 y vta.).