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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1509/2004-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1509/2004-R

    Fecha: 21-Sep-2004

    II.3.

    II.3.  El 22 de septiembre de 2003, la misma Sala anula la Sentencia pronunciada por el Juez a quo, por haber dictado fuera del plazo previsto por el art. 204 inc. 2 del CPC, y ordena pasar obrados al juez llamado por ley (fs. 35). El Juez de Partido Octavo en lo Civil, mediante Sentencia de 4 de noviembre de 2003, declara probada la demanda e improbada la excepción opuesta por María Betty Quiroga de Balboa (fs. 37 y vta.).

    • recurso
    • 1)
    • I.1.3. Autoridades  recurridas y petitorio
    • procedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • III.3.
    • De los Procesos de Conocimiento
    • pudiendo esgrimirse en defensa del deudor, únicamente las excepciones permitidas por la ley”
    • III.4.
    • III.5.
    • APRUEBA

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