SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0010/2005-R
Fecha: 03-Ene-2005
II.1.
II.1. Según el informe circunstanciado del investigador asignado a la investigación seguida por el delito de hurto contra el recurrente, las actas de aprehensión y de denuncia y otros obrados, el recurrente, aproximadamente a horas 11:15 del 24 de octubre de 2004, sustrajo un teléfono móvil a una persona cuando ésta se encontraba haciendo compras, la cual gritó pero no pudo alcanzarlo; sin embargo horas 11:30, cuando el recurrente estaba por la calle donde ocurrió el hecho y se encontraba la propietaria del teléfono fue señalado por la gente, lo que motivó que la víctima lo increpara y él empezara a correr siendo en ese momento aprehendido por oficiales de Tránsito quienes llamaron a Radio Patrulla 110, presentándose la denuncia a hrs. 12:43 y remitiéndose al recurrente al Albergue “Mi casa” a horas 13:55 (fs. 7, 8, 10, 12, 13).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- (fs. 23, 24)
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- tampoco supuestas irregularidades que impliquen procesamiento indebido que no hubieran sido reclamadas oportunamente
- Fragmento 13
- III.2.
- III.2.1.
- III.2.2.
- III.2.3.
- III.3.
- III.4.
- APROBAR