Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0010/2005-R
Fecha: 03-Ene-2005
III.3.
III.3. Respecto a que se homologó la concertación pese a que él se opuso, este extremo de la denuncia no corresponde ser analizado, ya que ello incumbe al fondo de la investigación, lo que se demuestra con lo aseverado por el recurrente en sentido de que no correspondía optar por la remisión sino el archivo de obrados porque él no es autor del delito que se le imputa, lo que implica una esencial cuestión de fondo en la investigación, que sólo puede ser dilucidada en la jurisdicción ordinaria, ya que las argumentaciones de falta de tipicidad como de ausencia de autoría o participación en un hecho tipificado como delito, no corresponden ser analizadas por esta jurisdicción.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- (fs. 23, 24)
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- tampoco supuestas irregularidades que impliquen procesamiento indebido que no hubieran sido reclamadas oportunamente
- Fragmento 13
- III.2.
- III.2.1.
- III.2.2.
- III.2.3.
- III.3.
- III.4.
- APROBAR