SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0010/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0010/2005-R

Fecha: 03-Ene-2005

procedente

Concluida la audiencia, el Tribunal del recurso declaró procedente el hábeas corpus, disponiendo la libertad irrestricta del recurrente “sin dejar de lado las medidas de protección que por ley le correspondiere”, y se determine responsabilidad de daños y perjuicios con los fundamentos siguientes: a) la Fiscal, por memorial de 26 de octubre de 2004, solicitó la ratificación de la medida de privación de libertad, a la que el Juez recurrido dio curso como medida de protección, sin considerar la línea jurisprudencial establecida en la SC 1335/2004-R, pues en el caso el recurrente fue aprehendido en flagrancia, de modo que la Fiscal no estaba facultada para pedir la ratificación ya que no solicitó previamente la aprehensión como dispone las normas previstas por el art. 234 del CNNA, error que debió motivar que el Juez emita resolución fundamentada definiendo su situación; y b) el hecho de que posteriormente el recurrido hubiese emitido la resolución homologando la concertación de remisión a favor del recurrente, no cubre la violación de sus derechos constitucionales.