SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0039/2005-R
Fecha: 10-Ene-2005
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Por memorial presentado el 29 de noviembre de 2004, cursante a fs. 63, el recurrente asevera que a consecuencia de un préstamo de dinero con garantía hipotecaria que no llegó a concretarse, se le inició un juicio penal radicado en el Tribunal Cuarto de Sentencia, a cargo de los recurridos, en el que no se le ha hecho conocer ninguna actuación procesal ni en el domicilio real fijado en la audiencia de medidas cautelares ni en el domicilio procesal constituido en obrados, más bien se le notificó por edictos con la finalidad de causarle indefensión logrando además que el Tribunal libre mandamiento de aprehensión con el que fue ilegalmente detenido para finalmente sin argumentos valederos ni fundamentación ordenar ilegalmente su detención preventiva, en una audiencia ilegalmente realizada.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del Recurso
- a)
- procedente
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- Luego de escuchadas las exposiciones de los acusadores los jueces recurridos dictaron el Auto disponiendo la revocatoria de las medidas sustitutivas dispuestas por el Juez Tercero de Instrucción en lo Penal
- II.10.
- 1)
- a no ser que se constate
- pues la notificación, no está dirigida a cumplir una formalidad procesal en si misma, sino a asegurar que la determinación judicial objeto de la misma sea conocida efectivamente por el destinatario
- III.2.
- APRUEBA