SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0072/2005
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0072/2005

Fecha: 05-Oct-2005

d)

d)     En consecuencia -puntualiza- con la aprobación de la Ley 2814 que impugna, el Congreso Nacional ha actuado con exceso de poder sin aguardar que el Gobierno Municipal de La Paz otorgue su consentimiento en la transferencia del inmueble que es de su propiedad y autorice dicha enajenación mediante la correspondiente Ordenanza que debía ser aprobada por dos tercios de votos del concejo, por lo que el Congreso ha incurrido en infracción  al principio de primacía de la Constitución y las leyes, consagrado en el art. 228 de la CPE, y ha atentado contra el derecho a la seguridad jurídica, reconocido en el art. 7 inc. a) de la misma Ley Suprema, así como ha vulnerado la autonomía municipal establecida en los arts. 200 y 205 de la CPE.