SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0072/2005
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0072/2005

Fecha: 05-Oct-2005

III.3.3.

III.3.3.Finalmente en lo que concierne al art. 228 de la CPE que establece la primacía constitucional y la jerarquía normativa imperante en el país, se constata que  ha sido vulnerado por la Ley objeto de impugnación, porque, tratándose de una Ley de la República, que se encuentra ubicada en el segundo escaño de la jerarquía normativa por debajo de la Constitución Política del Estado y sobre las demás disposiciones, ha autorizado una  enajenación de bien municipal sin que exista solicitud ni participación alguna de la Alcaldía de La Paz,  vulnerando  la autonomía municipal  consagrada en el art. 200-I de la CPE, conforme se tiene  expuesto.