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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0073/2005
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0073/2005

    Fecha: 10-Oct-2005

    II.3.

    II.3.  Por nota de 13 de mayo de 2005, el recurrido convocó a Maritza Antonieta Sánchez Castro y Rolando Camacho Narváez a conformar la CAE en el recurso de impugnación contra la RA 069/2004, de 25 de agosto (fs. 62); y el mismo día, también designó al Director Jurídico del Gobierno Municipal de La Paz a dicha Comisión (fs. 63).

    • recurso directo de nulidad
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.2. Autoridad recurrida y petitorio
    • admitió
    • a)
    • I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.1.
    • II.1.2.
    • II.1.3.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • Si vencido el plazo establecido en el numeral I o II del presente artículo, según corresponda, no se dictare resolución, el o los recursos se los tendrá por aceptados, procediéndose consecuentemente a la reanudación del proceso de contratación impugnado desde el vicio más antiguo
    • Fragmento 18
    • Fragmento 19

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