SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0079/2005
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0079/2005

Fecha: 14-Oct-2005

la sanción, en el ámbito administrativo, deba ser imprescindiblemente el resultado de la realización y culminación de un  proceso,

A lo anterior, debe sumarse la exigencia que la sanción, en el ámbito administrativo, deba ser imprescindiblemente el resultado de la realización y culminación de un  proceso, ello en respeto  y resguardo del principio de presunción de inocencia, el derecho a la defensa de la persona sometida a juicio, y la garantía de un debido proceso. 

Es así que la destitución -es imperioso reiterar- es una sanción que necesariamente se impone después de haber seguido un proceso  administrativo en el que se ha determinado en forma fehaciente la responsabilidad del servidor sujeto al proceso en el ejercicio de sus  funciones, es decir que se ha establecido que ha incurrido en una conducta  reñida con las normas que rigen  el servicio al Estado y a la sociedad en su conjunto.