SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0083/2005
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0083/2005

Fecha: 25-Oct-2005

admitió

Recibido el expediente el 15 de junio de 2005 (fs. 103 vta.), a través del AC   300/2005-CA, de 5 de julio (fs. 104  a 109), la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional  revocó la  Resolución de 13 de junio de 2005 pronunciada por la Sala en que se tramita el amparo constitucional, y admitió el recurso incidental de inconstitucionalidad, disponiendo poner en conocimiento del personero legal del órgano emisor de las normas impugnadas, Ministro de Salud y Deportes, a objeto que pueda formular alegatos. En  25 de julio de 2005, se cumplió con la notificación ordenada, como demuestra la diligencia de fs. 127.

Por requerir de mayor análisis y amplio estudio, de conformidad a lo establecido en el art. 2 de la Ley 1979 de 24 de mayo de 1999, mediante Acuerdo Jurisdiccional      116/2005, de 10 de octubre, se amplió el plazo procesal para dictar resolución hasta el 31 de octubre de 2005 (fs. 149 a 150), por lo que la presente Sentencia es pronunciada dentro del plazo legal.