SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0083/2005
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0083/2005

Fecha: 25-Oct-2005

c)

c)    Señala que la lesión a la libertad de asociación está siendo  vulnerada por las disposiciones objetadas por cuanto exigen ser miembro activo de la sociedad científica correspondiente  para postularse al Concurso de Méritos y Examen de competencia Abierto departamental lanzado por el Servicio Departamental de Salud de Cochabamba, con el visto bueno del Colegio  Médico Departamental.

c)    En el caso de especialistas, el Estatuto de las Sociedades Médico Científicas regula las actividades y el desenvolvimiento profesional de cada uno de los especialistas de la profesión con el fin de defender el ejercicio profesional, fomentar las actividades científicas, promocionar planificadamente el progreso de la medicina especializada, estimular y divulgar la investigación científica, etc.;

c)    La parte considerativa de la RM 0476 manifiesta que por nota 074 de 4 de marzo de 2004, el Presidente del Colegio Médicos solicitó la aprobación de sus estatutos, afirmando que los reglamentos que presenta son el producto de consensos alcanzados en oportunidad de la realización del Congreso Nacional Extraordinario desarrollado en  Cochabamba  en enero de 2002, por lo tanto los Reglamentos aprobados por la mencionada Resolución, han sido considerados, aprobados por los profesionales médicos colegiados y acreditados como representantes  de cada sector que aglutina esa  institución.