SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0083/2005
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0083/2005

Fecha: 25-Oct-2005

rechazaron

Los miembros de la Sala  Social y Administrativa de la Corte Superior de Cochabamba, mediante  Auto de 13 de junio de 2005 (fs. 101), rechazaron el recurso incidental de inconstitucionalidad, con estos fundamentos: 1) no se encuentra en las normas impugnadas vulneración al derecho a la libre asociación consagrado por el art. 7 inc. c) de la CPE, al tenerse presente que cualquier especialista no tendría óbice alguno para acogerse a los beneficios que le concede el hecho de incorporarse a la Sociedad Médico Científica que inclusive facilita su participación en un concurso de méritos y examen de competencia para optar un cargo en instituciones públicas o privadas; 2)  sólo para los cargos que requieren especialidad se exige la presentación del certificado original actualizado de ser miembro activo de la Sociedad Científica correspondiente; 3)  no se advierte lesión al principio de reserva legal en las disposiciones objetadas.