Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1209/2005-R
Fecha: 03-Oct-2005
II.2.
II.2. El imputado Eduardo Nostas Kuljis opuso la excepción de incompetencia al amparo de los arts. 46 con relación al 308.2 del CPP (fs. 13 a 15 vta.), que el Juez de la causa declaró improbada, por Auto de 18 de junio de 2004 (fs. 16 a 17), contra el que el imputado planteó recurso de apelación incidental (fs. 18 a 19).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- procedente
- b)
- c)
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- fundamentos que sin lugar a dudas guardan plena coherencia con la parte resolutiva del mencionado Auto de Vista 291 de 9 de octubre de 2004;
- Fragmento 17
- APROBAR