Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1209/2005-R
Fecha: 03-Oct-2005
II.4.
II.4. El imputado solicitó a los vocales recurridos, explicación, complementación y enmienda (fs. 25), señalando que se pronuncien sobre la incongruencia existente en el Auto de Vista, ya que admiten el recurso y declaran improcedente la apelación incidental en la parte resolutiva, cuando en la parte final del último considerando del Auto de Vista afirman que sin ser necesario ingresar a considerar otros aspectos de orden legal, corresponde declarar procedente la apelación planteada y disponer archivo de obrados.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- procedente
- b)
- c)
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- fundamentos que sin lugar a dudas guardan plena coherencia con la parte resolutiva del mencionado Auto de Vista 291 de 9 de octubre de 2004;
- Fragmento 17
- APROBAR