Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1209/2005-R
Fecha: 03-Oct-2005
recurso de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 4 de marzo de 2005, cursante de fs. 117 vta. a 118 vta., pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Raúl Juvenal Laguna Paniagua contra Edgar Molina Aponte, Adhemar Fernández Ripalda y Beatriz Sandoval de Capobianco, vocales de la Sala Penal Segunda de esa Corte, alegando la vulneración de sus derechos a la tutela judicial efectiva, al acceso a la justicia, a la defensa, a la seguridad jurídica y al debido proceso, consagrados en los arts. 6, 7 incs. a), h) y 16 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- procedente
- b)
- c)
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- fundamentos que sin lugar a dudas guardan plena coherencia con la parte resolutiva del mencionado Auto de Vista 291 de 9 de octubre de 2004;
- Fragmento 17
- APROBAR