SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1250/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1250/2005-R

Fecha: 10-Oct-2005

pretendiendo que esta jurisdicción suplante la competencia

Así, la citada sentencia resolviendo el caso estableció lo siguiente: “(...) el recurrente denuncia una serie de actos indebidos de los recurridos que fueron impugnados ante un Fiscal del Distrito de Santa Cruz, quien atendiendo su solicitud dispuso que el vehículo sea trasladado por él al Distrito Judicial de Cochabamba; y que quien resuelva las cuestiones acerca del mismo, sea el Fiscal corecurrido Raúl Lazcano; autoridad ante quien el recurrente no demostró haber presentado solicitud alguna, reclamando en el presente recurso actos que ya cesaron en parte, pretendiendo que esta jurisdicción suplante la competencia del Fiscal recurrido Raúl Lazcano y del Juez cautelar a cargo del control de la investigación; y se ordene la entrega del vehículo, cuando conoce perfectamente que ante un secuestro amparado o no por el art. 189 del CPP, toda persona que se creyere propietaria con la documentación idónea debe acudir ante el Fiscal y solicitar su devolución; y en su defecto al juez encargado del control jurisdiccional de la investigación”.