SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1286/2005-R
Fecha: 14-Oct-2005
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Por memoriales presentados el 17 y 23 de marzo de 2005, (fs. 8 a 9 vta. y 11 y vta.), el recurrente asevera que en el Juzgado Tercero de Sentencia se sustanció un proceso penal por la presunta comisión del delito de despojo, en el que mediante sentencia de primera instancia fue absuelto de culpa y pena, pero lamentablemente el Auto de Vista 235/2004, de 28 de septiembre, dictado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Justicia del Distrito de La Paz, de manera inconstitucional, anuló la sentencia de primera instancia; ante cuya situación, interpuso recurso indirecto o incidental de inconstitucional contra dicho Auto de Vista, que fue declarado inviable mediante resolución de 10 de febrero de 2005; cuando debió merecer la resolución de rechazo o admisión; a efectos de que se eleve en revisión ante el Tribunal Constitucional.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- a) admitir o rechazar promover el incidente
- III.3.
- está estrechamente vinculada a la búsqueda del orden justo, vale decir, no es solamente poner en movimiento mecánico las reglas de procedimiento
- III.4.
- APRUEBA