Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1286/2005-R
Fecha: 14-Oct-2005
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente denuncia la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica y al debido proceso, consagrados por los arts. 7 incs. a) y 16.IV de la CPE; por cuanto, dentro del proceso penal por el delito de despojo seguido en su contra, la autoridad recurrida declaró inviable el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad que interpuso contra el Auto de Vista que en apelación restringida anuló la Sentencia de primera instancia en la que fue absuelto de culpa y pena; cuanto debió merecer la resolución de rechazo o admisión, a efectos de que sea elevada en revisión ante el Tribunal Constitucional. Corresponde considerar si en la especie es viable otorgar la tutela pretendida.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- a) admitir o rechazar promover el incidente
- III.3.
- está estrechamente vinculada a la búsqueda del orden justo, vale decir, no es solamente poner en movimiento mecánico las reglas de procedimiento
- III.4.
- APRUEBA