Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1433/2005-R
Fecha: 07-Nov-2005
II.3.
II.3. Mediante el informe de 9 de agosto de 2004 dirigido al Comandante General de la Policía Nacional (fs. 120), el Jefe del Departamento de Asesoría Jurídica denunció encubrimiento de actos de corrupción a raíz de la denuncia mencionada que formuló la tercera con interés legítimo, figurando entre los involucrados altos jefes de la Policía de Cochabamba -entre los que figuran los ahora recurrentes- por lo que sugiere que la documentación del caso se derive al Comando General para profundizar la investigación y esclarecimiento de la denuncia que desprestigia a la institución policial.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- i)
- 1)
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- por “Auto motivado”(sic) de 23 de noviembre de 2004,
- III.2.
- III.3.
- en plena etapa de debate sin que se hubiere dado por terminada la recepción de las pruebas
- en plena etapa de debate, no resulta ilegal
- III.4.
- REVOCA