SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1433/2005-R
Fecha: 07-Nov-2005
II.5.
II.5. Por Auto inicial del proceso de 15 de noviembre de 2004 (fs. 3 y 4) el Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Nacional -ahora recurrido- de acuerdo con lo requerido por el Fiscal de la Dirección de Responsabilidad Profesional de Cochabamba, y en sujeción al art. 79 del Reglamento de Faltas Disciplinarias y Sanciones de la Policía Nacional dictó Auto inicial de proceso oral y público contra varios jefes policiales -entre los que figuran los actores- acusados de haber infringido las previsiones del art. 6 inc. “A” numeral 15 del citado Reglamento (Demora injustificada en dar parte sobre los objetos hallados o incautados), señalándose audiencia para proceso oral el 15 de noviembre de 2004, debiendo notificarse a los denunciados, conminando su presencia asistidos de sus abogados defensores bajo alternativa de expedirse mandamiento correspondiente.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- i)
- 1)
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- por “Auto motivado”(sic) de 23 de noviembre de 2004,
- III.2.
- III.3.
- en plena etapa de debate sin que se hubiere dado por terminada la recepción de las pruebas
- en plena etapa de debate, no resulta ilegal
- III.4.
- REVOCA