Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1500/2005-R
Fecha: 22-Nov-2005
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
El recurrente, en su memorial presentado el 13 de octubre de 2005, saliente a fs. 1 y vta. expresa que el 29 de septiembre del año en curso, fue aprehendido por efectivos policiales en la zona Villa América, instante en el que se encontraba a bordo del trufi 10, dirigiéndose a Zofraco, por hechos ocurridos el 11 de julio de 2005.
Sostiene que los policías portaban un mandamiento de aprehensión en contra suya, ordenado por la fiscal Elia Mireya Maldonado Oporto, siendo conducido a dependencias de la Policía Técnica Judicial (PTJ), donde fue agredido físicamente, para luego ser puesto a disposición de la Fiscal, donde fue notificado con la citación simultáneamente a la aprehensión.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.8.
- III.1.
- a solicitar al juez que defina su situación jurídica y califique la legalidad de la aprehensión no dispuesta por él;
- Legalidad formal de la aprehensión.-
- Legalidad material de la aprehensión.-
- III.2.
- Consiguientemente, el hábeas corpus sólo se activa en los casos en que la supuesta lesión no sea reparada por los órganos competentes de la jurisdicción ordinaria aludidos"
- III.3.
- REVOCAR