Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1500/2005-R
Fecha: 22-Nov-2005
II.4.
II.4. De fs. 23 a 24 cursa la imputación formal de 30 de septiembre de 2005, expedida contra el recurrente, por los supuestos delitos de tentativa de asesinato, lesiones graves e instigación pública a delinquir y asociación delictuosa, tipificados y sancionados por los arts. 252 con referencia al octavo, 271 primera parte, 130 y 132 del CP, solicitando la aplicación cautelar de detención preventiva, “remitiendo al aprehendido a disposición de la jueza cautelar” (sic).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.8.
- III.1.
- a solicitar al juez que defina su situación jurídica y califique la legalidad de la aprehensión no dispuesta por él;
- Legalidad formal de la aprehensión.-
- Legalidad material de la aprehensión.-
- III.2.
- Consiguientemente, el hábeas corpus sólo se activa en los casos en que la supuesta lesión no sea reparada por los órganos competentes de la jurisdicción ordinaria aludidos"
- III.3.
- REVOCAR