SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1558/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1558/2005-R

Fecha: 01-Dic-2005

Fragmento 19

         Otra nota característica de la Ley del Ministerio Público sobre los fiscales y particularmente respecto a los fiscales de materia que es el caso que nos ocupa, era la periodicidad en el ejercicio del cargo, ya que el art. 69 de la indicada Ley señalaba que los fiscales de materia eran designados por el Fiscal General de la República por el período de cuatro años, de terna propuesta por los Consejos Consultivos de Distrito, aunque el art. 134 de la Ley del Ministerio Público establecía también que los fiscales una vez concluido su periodo de funciones, podían ser reelectos previo cumplimiento de los requisitos exigidos en la carrera y el Escalafón del Ministerio Público.