Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1558/2005-R
Fecha: 01-Dic-2005
II.9.
II.9. Todos los representados del recurrente figuran en la nómina de acreditados para la Convocatoria 001/2005 por el Distrito de La Paz, habiendo presentado los documentos requeridos (fs. 223 a 225), estando incluidos en las listas definitivas de habilitados (fs. 233 a 234), así como también en las listas definitivas de valoración de méritos en las que se consignan los puntajes obtenidos por cada uno de ellos (fs. 241 a 243).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- el consentimiento libre y expreso supone la acción voluntaria de la persona de someterse al acto considerado lesivo, sin objetarlo,
- Fragmento 17
- y aprobar el examen respectivo
- Fragmento 19
- interna
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- Fragmento 23
- III.4. Los derechos fundamentales y garantías constitucionales invocados
- APROBAR