SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1558/2005-R
Fecha: 01-Dic-2005
Fragmento 22
En mérito a los fundamentos anteriormente expuestos se establece que no se vulneraron los derechos invocados por el recurrente, como la seguridad jurídica, trabajo y petición, puesto que la autoridad recurrida al haber expedido el instructivo y las resoluciones impugnadas, así como la propia convocatoria ha actuado en cumplimiento a lo establecido por la Ley Orgánica del Ministerio Público, que ordena la implementación de un proceso de institucionalización de la carrera fiscal a través de los procesos de convocatoria interna y externa, siendo que en el caso que ha motivado el recurso se trata de una convocatoria a concurso interno, al que los representados del recurrente deben someterse legalmente, al haber fenecido su periodo de funciones para el que fueron designados, lo que desvirtúa también la lesión de su derecho al trabajo, puesto que los indicados fiscales conocían de antemano que la designación de la que eran objeto tenía carácter eventual, hasta que se organice la carrera fiscal, circunstancia que por lo demás no fue en modo alguno objetada.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- el consentimiento libre y expreso supone la acción voluntaria de la persona de someterse al acto considerado lesivo, sin objetarlo,
- Fragmento 17
- y aprobar el examen respectivo
- Fragmento 19
- interna
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- Fragmento 23
- III.4. Los derechos fundamentales y garantías constitucionales invocados
- APROBAR