SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1580/2005-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1580/2005-R

Fecha: 07-Dic-2005

II.4.

II.4.  El 14 de febrero de 2005, a horas 10:30 el Fiscal de Distrito fue notificado con el Auto que declaró la extinción de la acción penal contra los recurrentes (fs. 49); y el 17 de febrero de 2005, a horas 17:30, la Actuaría del Juzgado Quinto Instrucción, sin señalar quien lo presentó, registró cargo en un escrito sin firma con la suma “Caso O-502/04, I. Presenta apelación de auto de extinción, II. Solicita fotocopias legalizadas, Otrosíes.-“ (fs. 50 a 52). Con este memorial el Juez de Instrucción de San Ignacio de Velasco corrió traslado el 23 del mismo mes y año (fs. 53 vta.). Contestado el traslado por los recurrentes con los mismos fundamentos del amparo interpuesto (fs. 55 a 62 y 63 a 70), el Juez contralor de la investigación, por Auto de 1 de marzo de 2005, invocando las normas del art. 396 inc. 4) y 403.II del CPP, concedió el recurso en efecto suspensivo conforme a la norma del art. 396 inc. 1) del CPP (fs. 71).