Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1580/2005-R
Fecha: 07-Dic-2005
II.5.
II.5. Radicado el recurso en la Sala a cargo de los recurridos, fue resuelto mediante Auto de 31 de marzo de 2005, por el que se anuló el Auto de 12 de febrero de 2005, ordenándose al Juez que proceda a notificar nuevamente con el Auto conminatorio al Fiscal del Distrito con el fundamento de que la extinción de la acción fue declarada antes del vencimiento de los cinco días de plazo (fs. 80 y vta.).